Entre los medicamentos excluidos, y que deberán abonar en su totalidad los pacientes, se encuentran productos utilizados para trastornos gástricos (Almax, ..),estreñimiento (Duphalac, ..), diarrea (Fortasec, ..), expectorantes y mucolíticos(Mucosán, Acetilcisteina, …) pomadas antiinflamatorias (Calmatel, Feldegel, Voltarén Emugel, ..), síndrome del ojo seco (Viscofresh, Acuolens, ..), antivirales tópicos(Aciclovir, ..), pomadas para síndrome hemorroidal (Hemorrane, Synalar Rectal, ..),insuficiencia venosa crónica (Venoruton, Daflón, Venosmil, ..), ….
El motivo que ofrece Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud para la exclusión de estos medicamentos es, básicamente, “por estar indicados en el tratamiento de síntomas menores”.
No obstante, permanecerán financiados para las indicaciones que se citan a continuación:
* Enfermedad inflamatoria intestinal, colon irritable y diverticulosis.
* Encefalopatía portosistémica y paraplejia.
* Encefalopatía portosistémica y paraplejia.
* Pacientes oncológicos.
* Claudicación intermitente.
* Pacientes neoplásicos con tos persistente.
* Síndrome de Sjögren.
El Ministerio de Sanidad Debería explicar, al menos, el motivo por el que unos medicamentos excluidos de la financiación por estar indicados para el tratamiento de síntomas menores, sí son financiados para el tratamiento de enfermedades graves.
¿Son medicamentos que sólo sirven para síntomas menores, o no?
Si no están excluidos para enfermedades graves es que no existen alternativas financiadas para su tratamiento.
Si es así, las personas que sin padecer esas enfermedades graves tengan trastornos que precisen de estos medicamentos “deberán forzosamente pagarlos en la farmacia”; es decir, por más que quisiese su médico, no podría recetarle un tratamiento alternativo financiado, porque no existiría.